Como ha ocurrido con otros cambios introducidos en el mundo online, nótese el caso del RGDP, el reglamento relativo a la prohibición del geobloqueo también está causando mucha confusión y preocupación entre los proveedores de Internet. Estos no solo desconocen si la propia página se ve afectada, sino que también muestran dudas con respecto a otros temas.
Por ejemplo, algunos gestores web han asumido de forma errónea que este reglamento les obliga a vender los bienes o servicios activamente en todos los estados miembros. Sin embargo, tal tipo de obligación no se contempla en la ley. Por lo tanto, estos se pueden dirigir a los países de la UE que elijan, siempre y cuando no redirijan a los posibles clientes a otra página con condiciones diferentes o adapten la demanda dependiendo de su residencia, lugar de establecimiento o nacionalidad.
Tampoco se obliga a realizar entregas en otros estados miembros diferentes a los que se oferta el producto. No obstante, aunque no se ofrezcan dichas entregas de bienes en un determinado país de la UE, sus habitantes deben tener el derecho de realizar pedidos y poder recibir la mercancía en un lugar dentro del territorio contemplado para el envío.