No existe unanimidad a la hora de definir a las entidades sin ánimo de lucro, si bien hay una serie de particularidades que suelen repetirse en las diferentes entidades que se agrupan dentro del concepto OSAL. Y es que el término organización sin ánimo de lucro no constituye en sí mismo la denominación legal de algún tipo de forma jurídica, sino que agrupa a diferentes formas de organización (según el país) con unas características comunes.
Por tanto ¿cuenta el concepto organización sin ánimo de lucro con una definición?
Por una parte, estas entidades pueden presentarse como lo opuesto a las sociedades que persiguen lucrarse. No obstante, se trata de una acepción muy general que incluye a una serie de instituciones de carácter público o privado (colegios, cárceles, centros de culto religioso) que, sin embargo, no encajan con el imaginario general de este tipo de organizaciones.
Para concretar la definición, es necesario indicar otras características delimitantes. Además del carácter no lucrativo, las OSAL han de contar con una estructura interna y autónoma de gestión y perseguir un objetivo beneficioso para la sociedad.
Algunos autores especializados también cuentan el trabajo voluntario (aunque sea parcial) como un elemento esencial para delimitar la definición de una organización sin ánimo de lucro.